Art. 43.-En un esfuerzo conjunto entre el Centro General de Padres y Apoderados y la Dirección del Liceo Obispo San Miguel de Chiguayante, con el propósito de brindar a nuestros hijos e hijas una mayor comodidad y seguridad para sus pertenencias de uso escolar, el Centro General de Padres ha adquirido casilleros para cada uno de los alumnos y alumnas. Estos se encuentran ubicados en los pasillos; para tal efecto solicitamos se respete el siguiente acuerdo:
Responsabilidad del alumno y alumna:
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Cada alumno/a deberá cancelar anualmente $1.000 (mil pesos) por derecho a arriendo de llave y candado.
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Cada alumno/a será responsable de mantener aseado su compartimiento, tanto interior como el exterior, así también, será responsable de la llave que se le entregue a su cargo, la cual deberá portar a diario todos los días de clases.
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En caso que el alumno/a extravíe su llave, podrá adquirir en arriendo una segunda copia través del Centro General de Padres y Apoderados, por un valor de $ 3.000 (tres mil pesos)
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La Jefe de UTP, tendrá la facultad de abrir el casillero del alumno(a), en caso de ausencias prolongadas, o cuando por razones de seguridad y/o higiene, lo disponga la Dirección del liceo.
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El casillero, solo estará destinado al uso de útiles escolares, por ello no se podrá almacenar alimentos, líquidos o materiales que se puedan descomponer; así como también se prohíbe el almacenamiento de objetos de valor y/o tecnológicos, ya que ni el liceo, ni el Centro General de Padres y Apoderados, se harán responsables en caso de pérdida o deterioro.
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Una vez finalizado el año escolar, el alumno/a desocupará el casillero, dejándolo aseado y entregará la llave a la Jefe de UTP, para que así el próximo año pueda ser utilizado por el mismo estudiante.
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En caso de que un alumno cause deterioro de un casillero, será responsabilidad del apoderado cancelar su reparación o reposición según sea el caso, y de ser la segunda opción el alumno o alumna no podrá utilizar nuevamente el servicio de casilleros durante su permanencia como alumno regular del establecimiento.
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La pérdida, extravío u olvido de la llave no serán excusas válidas en el ámbito de responsabilidad escolar, como por ejemplo, frente a la rendición de una evaluación y/o la entrega de un trabajo.
AL TÉRMINO DEL AÑO ESCOLAR 2017, LOS PRESENTES PROTOCOLOS SERAN EVALUARDOS PARA REVISAR SU PERTINENTE APLICACIÓN, DETERMINÁNDOSE LA CONTINUACIÓN DE SU TEXTO TAL COMO ESTÁ, O INTRODUCIÉNDOLE LAS MODIFICACIONES QUE SE CONSIDEREN PERTINENTES.