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Art. 43.-En un esfuerzo conjunto entre el Centro General de Padres y Apoderados y la Dirección del Liceo Obispo San Miguel de Chiguayante, con el propósito de brindar a nuestros hijos e hijas una mayor comodidad y seguridad para sus pertenencias de uso escolar, el Centro General de Padres  ha adquirido casilleros para cada uno de los alumnos y alumnas. Estos se encuentran ubicados en los pasillos; para tal efecto solicitamos se respete el siguiente acuerdo:

 

Responsabilidad del alumno y alumna:

  1. Cada alumno/a deberá cancelar anualmente $1.000 (mil pesos) por derecho a arriendo de  llave y candado. 

  2. Cada alumno/a será responsable de mantener aseado su compartimiento, tanto interior como el exterior, así también, será responsable de la llave que se le entregue a su cargo, la cual deberá portar a diario todos los días de clases.

  3. En caso que el alumno/a extravíe su llave, podrá adquirir en arriendo una segunda copia  través del Centro General de Padres y Apoderados, por un valor de $ 3.000 (tres mil pesos)

  4. La Jefe de UTP, tendrá la facultad de abrir el casillero del alumno(a), en caso de ausencias prolongadas, o cuando por razones de seguridad y/o higiene, lo disponga la Dirección del liceo.

  5. El casillero, solo estará destinado al uso de útiles escolares, por ello no se podrá almacenar alimentos, líquidos o materiales que se puedan descomponer; así como también se prohíbe el almacenamiento  de objetos de valor y/o tecnológicos, ya que ni el liceo, ni el Centro General de Padres y Apoderados, se harán responsables en caso de pérdida o deterioro.

  6. Una vez finalizado el año escolar, el alumno/a desocupará el casillero, dejándolo aseado y entregará la llave a la Jefe de UTP, para que así el próximo año pueda ser utilizado por el mismo estudiante.

  7. En caso de que un alumno cause deterioro de un casillero, será responsabilidad del apoderado cancelar su reparación o reposición según sea el caso, y de ser la segunda opción el alumno o alumna no podrá utilizar nuevamente el servicio de casilleros durante su permanencia como alumno regular del establecimiento.

  8. La pérdida, extravío u olvido de la llave no serán excusas válidas en el ámbito de responsabilidad escolar, como por ejemplo, frente a la rendición de una evaluación y/o la entrega de un trabajo.

 

 

 

AL TÉRMINO DEL AÑO ESCOLAR 2017, LOS  PRESENTES PROTOCOLOS SERAN EVALUARDOS PARA REVISAR SU PERTINENTE APLICACIÓN, DETERMINÁNDOSE LA CONTINUACIÓN DE SU TEXTO TAL COMO ESTÁ, O INTRODUCIÉNDOLE LAS MODIFICACIONES QUE SE CONSIDEREN PERTINENTES.

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